El Consejo Rector de la Gerencia de
Urbanismo sí es competente para dictaminar sobre la planta de biomasa y el
traslado de su sede
IU responde a la Concejalía de Urbanismo
en un nuevo correo que el Consejo Rector sí que es competente para tratar los
asuntos que se avecinan y además no convocar sesiones ordinarias supone hurtar
derechos a los grupos políticos.
El artículo 10.2.2 de los estatutos del
Consejo Rector de la GMU establecen que este es competente para “aprobar
el proyecto presupuestario de la Gerencia, el desarrollo presupuestario, el
conocimiento de las cuentas y la situación de fondos y la rendición de cuentas
y balances”. Por lo que IU considera que abordar la deuda de 1.200.000€ que
Navisa reclama al Ayuntamiento es perfectamente competencia del Consejo Rector.
Más teniendo en cuenta que Navisa pretende el pago a través de nuevos terrenos
del patrimonio municipal, de manera que entrarían en juego los apartados 7 y 8
del citado artículo 10.2.
También sería perfectamente competente
para abordar el problema de la Planta de Biomasa, surgido con el cambio de
terrenos para construirla. El artículo 10.2.12 de los estatutos dice que al
Consejo Rector “se dará cuenta de los trámites e informes relativos a
la concesión de licencias urbanísticas y para el ejercicio de industrias o
actividades”.
Por tanto, para Izquierda Unida existen
motivos de sobra para convocar una sesión ordinaria del Consejo Rector de
Urbanismo. Pero no como una gracia que la Concejalía de Urbanismo concede a los
grupos políticos, sino porque realmente toca, hay asuntos que tratar y les
compete. Además, si no se convocan sesiones ordinarias, se hurta el derecho a
los grupos políticos de realizar ruegos y preguntas al respecto del urbanismo
en Cuenca.
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